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InicioSe inicia el debate acerca de la edad de imputabilidad en sectores de la Justicia
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Se inicia el debate acerca de la edad de imputabilidad en sectores de la Justicia

BAE, 22 de abril de 2014

Entrevista a la Asesora General Tutelar de la Ciudad de Buenos Aires, Yael Bendel.

–¿Es posible dar el debate para bajar la edad de punibilidad?

–Según lo establecido en la Convención de Derechos del Niño, cada Estado debe fijar una edad mínima de responsabilidad penal, lo que significa que los jóvenes por debajo de esa edad no son imputados sino que, en caso de devenir necesaria una intervención, será por parte de los organismos de protección de la infancia. La discusión no debe estar centrada en la edad de imputabilidad sino que es imprescindible el diseño de un régimen penal especializado, de acuerdo con la legislación de Protección Integral y a la Normativa Internacional en materia de infancia que se encuentra incorporada a nuestra Constitución Nacional. Debemos profundizar el debate en miras a una pronta implementación de una legislación superadora de la vigente.

–¿Cuáles deberían ser las bases de una iniciativa de este tipo?

–Las bases de este régimen creo deben ser el interés superior del niño, el reconocimiento de los mismos como sujetos de derechos y de su capacidad progresiva para ejercerlos, la desjudicialización de la problemática social que afecte a los niños. Cuando se trata de niños y/o adolescentes la respuesta debe ser diferenciada, durante todo el plazo que lleve la intervención de los operadores del sistema. Es conveniente orientar el trabajo hacia la implementación de un sistema que contemple las edad y características que diferencian a los niños respecto de los adultos, que tenga en cuenta su grado de maduración, que establezca procesos cortos y penas alternativas, institutos de solución alternativa al conflicto con participación de los actores y restauración del daño que causen, donde la privación de la libertad sea el último recurso, y bajo determinados parámetros establecidos en la normativa internacional y recogidos en la legislación nacional.

–En caso de que se avanzara con esta iniciativa, ¿qué garantías se deberían contemplar para los menores?

–Los adolescentes deben contar con las garantías propias del debido proceso. Como el derecho a ser oído, a ser juzgado por un órgano judicial imparcial en un tiempo razonable, a ejercer ampliamente el derecho de defensa, a conocer la acusación, a no ser obligado a declarar en contra de sí mismo, a no ser sometido a proceso más de una vez por los mismos hechos, a sufrir afectaciones a su intimidad sin orden judicial, entre otras garantías procesales. Asimismo, creo es necesario tener en cuenta que aumenta constantemente el número de niños víctimas de abusos y maltratos.

–¿Debe existir una justicia especializada ?

–Considero que el sistema de justicia penal juvenil especializada, debe tener como características principales: respeto y resguardo del interés superior del niño, plazo de duración más leve y, la sanción penal debe tener principalmente una finalidad educativa y de inserción social, priorizando la realización de tareas comunitarias o la capacitación y sólo frente a la comisión de delitos graves se aplique la pena privativa de la libertad como último recurso y por el tiempo más breve posible, y con ejecución acorde a los postulados internacionales específicos. La justicia penal adolescente tiene que tener entre sus objetivos que el joven pueda comprender las consecuencias que su conducta ha generado en miras a incidir en la asunción de su responsabilidad y en la promoción de cambios de conducta.

Se puede consultar la nota aquí.