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El INADI Buenos Aires pidió que sea tratada a la brevedad la Ley Nacional de Salud Mental

Agencia Nova, 6 de noviembre de 2010
La Delegación Provinciade Buenos Aires del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), considera “muy importante que las Comisiones de Legislación General, Justicia y Asuntos Penales y Presupuesto y Hacienda de la Honorable Cámara de Senadores de la Nación, den pronto dictamen al proyecto de Ley Nacional de Salud Mental que cuenta con media sanción de la Honorable Cámara de Diputados, para que pueda tratarse en el recinto”.
 
Pablo Roma, titular del INADI bonaerense, sostuvo que “tanto de parte del Instituto, como desde distintas organizaciones sociales y de derechos humanos venimos trabajando para que este proyecto de Ley sea tratado y sancionado a la brevedad, la Argentina necesita seguir profundizando estos cambios en pos de una sociedad incluyente”.
 
Cabe destacar, que de sancionarse definitivamente la Ley Nacional de Salud Mental, se avanzaría en la adecuación de la legislación interna a los estándares internacionales de derechos humanos, así como con las revisiones judiciales periódicas de las internaciones psiquiátricas involuntarias, el derecho a contar con asistencia legal gratuita desde el inicio del procedimiento, el derecho a la integración en la comunidad, a la rehabilitación y al consentimiento informado para todo tratamiento, en pos del respeto de la voluntad de la persona usuaria de los servicios de salud mental y su reconocimiento real como sujeto de derecho.
 
Asimismo, el proyecto prevé la creación de un órgano independiente e intersectorial de revisión de las internaciones forzosas, la fijación de reglas claras que establecen el carácter excepcional de esta medida, la prohibición de crear nuevas instituciones manicomiales y la consecuente y progresiva desinstitucionalización mediante la atención integral en hospitales generales. La iniciativa establece además la creación de dispositivos comunitarios de atención ambulatoria y reconoce de manera explícita el respeto de la voluntad de la persona en todo tratamiento de salud mental.
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