Página/12, 23 de febrero de 2010
Por Mariana Carbajal
Más de treinta organizaciones de mujeres se presentaron bajo la figura de “amicus curiae” en los tribunales de Comodoro Rivadavia para pedir que la Cámara acceda al pedido de aborto formulado por una adolescente violada por su padrastro.
Más de treinta organizaciones y activistas del movimiento de mujeres de distintos puntos del país se presentaron ayer como “amicus curiae” en la Justicia de Chubut para respaldar el pedido de un aborto no punible que hizo a comienzos de enero una chica de 15 años de Comodoro Rivadavia y pidieron a la Cámara de Apelaciones en lo Civil de esa ciudad, que tiene el caso en sus manos, que garantice la práctica médica con “la mayor celeridad para evitar un daño mayor a la niña, que requiere de atención y cuidados que mitiguen el gran daño que ya ha sufrido al ser víctima de violación, agravada por concretarse en el seno de su familia”. En la presentación, a la que tuvo acceso Página/12, las “amigas del tribunal” puntualizaron que el caso no debió “judicializarse” por tratarse de un aborto no punible contemplado en el artículo 86, incisos 1 y 2 del Código Penal. “Obstaculizar el acceso de la niña A. G. a una interrupción voluntaria del embarazo que cursa como consecuencia de una violación conllevaría a la responsabilidad internacional del Estado argentino por contradicción con diversos tratados internacionales”, advirtieron.
La abogada Sandra Grilli, representante legal de la madre de A. G., señaló a Página/12 que esperan que hoy se pronuncie la Cámara de Apelaciones favorablemente. “Cuando de la interrupción de un embarazo se trata, el factor tiempo pasa a ser decisivo y crítico. La demora de más de un mes para dictar sentencia por parte de la jueza de Familia, Verónica Daniel Robert, supone una dilación que atenta directamente con el ejercicio efectivo del derecho que asiste a esta niña y pone en mayor riesgo su salud”, observó en diálogo con este diario Estela Díaz, ex secretaria de Género de la CTA. Díaz firmó el “amicus curiae”, en representación de ADEM-Acción por los Derechos de las Mujeres. “Una vez más la insuficiencia de normas regulatorias para los casos de abortos que son legales abre la puerta para que los funcionarios judiciales cometan arbitrariedades y obstruyan el ejercicio de derechos consagrados en la ley vigente y los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por nuestro país”, observó.
Entre las organizaciones y activistas que apoyan el reclamo de la niña figuran Martha Rosenberg y Elsa Schvartzman, del Foro por los Derechos Reproductivos; Raymunda Medina y María Luisa Gómez, de la Casa de la Mujer de Puerto Madryn; Fabiana Tuñez y Ada Beatriz Rico, en representación de la Asociación Civil La Casa del Encuentro; Alejandra Ciriza, de Las Juanas y las Otras de Mendoza; Susana Haydeé Argüello de Pastor, de Feministas en Acción de La Plata; Mirta Iglesias, de Enlace Cladem en Puerto Madryn; Amelia Sofía Ganem, de Jóvenes por la elección y el placer de Tucumán; María Cristina Ercoli, de Foro Pampeano Por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito de Santa Rosa; Ruth Zurbriggen, de la Colectiva Feminista Las Revueltas de Neuquén. Las firmantes integran la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito.
El caso de A. G. llegó al tribunal de segunda instancia el viernes, después de que la jueza Robert rechazara el pedido de una autorización para que se realice el aborto. “Tengo por acreditado el embarazo de la joven, la afectación y daño en la salud psíquica de la adolescente, y el efecto traumático que ha provocado la situación de abuso reiterado y violación en su persona, y su profundización con el embarazo no deseado, pero también tengo la convicción de que el aborto solicitado no contribuirá a la recuperación de su salud, sino, por el contrario, agravará aún más los efectos ya producidos en su salud psíquica, agregando el riesgo que una intervención quirúrgica de esta naturaleza podría provocar en su salud física, riesgos que incluso podrían significar su propia muerte”, escribió Robert en su sentencia.
“No podemos soslayar la grave violación de los derechos de esta adolescente, al ser privada de ejercer un derecho que está previsto en la ley penal de fondo y que, sin embargo, se quiere plantear como un conflicto de intereses que, en realidad, el legislador de 1921 ya ha resuelto a favor de la mujer embarazada cuya situación encuadra en lo previsto en los supuestos de no punibilidad”, señala el escrito presentado por las organizaciones.
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