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El Abogado del Niño como garantía del debido proceso

El Abogado del Niño como garantía del debido proceso

10 Mayo , 12

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 10 de mayo de 2012

La Fundación Sur Argentina, el Departamento de Práctica Profesional de la Universidad de Buenos Aires y el Ministerio Público Tutelar de la Ciudad de Buenos Aires encabezarán la Jornada El Abogado del Niño como garantía del debido proceso el miércoles 16 de mayo, de 14.30 a 20.30hs, en el Salón Azul de la Facultad de Derecho de la UBA.

A tres meses de la puesta en marcha del Equipo Público de Abogados del Niño, que tiene por función patrocinar en forma gratuita a los niños, niñas y adolescentes que requieran asesoramiento legal en la Ciudad de Buenos Aires -priorizando en una primera etapa por aquellos internados  por causas de salud mental o que se encuentren institucionalizados- se propone este encuentro de reflexión.

Entre los expositores estarán Néstor Solari, Laura Musa, Juan Gauna, Cesar Pedro Sotelo, Silvia Guahnon, María Cristina Córdoba, Diego Freedman, Carlos Antonio Romano, Mauricio Mizrahi, Osvaldo Gozaini y Emilio García Méndez.

“Contar con un abogado es una garantía mínima de debido proceso. Cualquiera fuera su edad, el Estado está obligado a proporcionar un abogado gratuito a todo niño, niña y adolescente involucrado en un proceso administrativo o judicial. Ello se encuentra establecido en el artículo 27 de la Ley 26.061 de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes”, afirma la Asesora General Tutelar, Laura Musa.

Según Musa, “desde similar perspectiva, los artículos 22 y 26 de la Ley 26.657 de Salud Mental obligan al Estado a proporcionar un abogado a todo niño, niña o adolescente internado por cuestiones de salud mental”.

La Jornada se dividirá en tres paneles:

Panel I: Derecho de niñas, niños y adolescentes a ser oído con patrocinio letrado. Inmediación y participación activa en el proceso. La sanción de nulidad de todo lo actuado en caso de incumplimiento. La experiencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante las intervenciones de la Asesoría General Tutelar y el Departamento de Práctica Profesional de la Universidad de Buenos Aires y de la Provincia de Corrientes, mediante la intervención del Fiscal General del Poder Judicial.

Panel II: Intervención del abogado del niño en el proceso administrativo y judicial. Implicancias prácticas. El rol del abogado del niño en casos de niños, niñas y adolescentes institucionalizados y en los procesos de familia.

Panel III: Criterios de procedencia del abogado de confianza de niños, niñas y adolescentes. Entre la capacidad progresiva y el derecho de defensa técnica como garantía del debido proceso legal. Admisibilidad, rol y facultades procesales del abogado del niño. Diferencias con el rol de asesor de menores y el tutor ad litem.