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InicioAcciones de desarrollo institucional para consolidar la misión del Ministerio Público Tutelar
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Acciones de desarrollo institucional para consolidar la misión del Ministerio Público Tutelar

Acciones de desarrollo institucional para consolidar la misión del Ministerio Público Tutelar

02 Dic , 13

Desde el inicio de la gestión nos hemos propuesto un camino a recorrer, como organismo especializado en cuestiones de infancia y salud mental, que requirió de un soporte esencial en el área de desarrollo institucional.

La Ley Nacional de Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes Nº 26.061 completaba un proceso de transformación legislativa -contemplado también en materia de salud mental incluso con la sanción de la Ley Nacional N° 26.657-, que requería una redefinición de la función y la misión institucional que no podía ser plasmada sino mediante un trabajo direccionado en sentido de garantizar la protección integral de los derechos de niñas, niños, adolescentes y personas afectadas en su salud mental; a través, incluso, de estrategias en buena medida novedosas para un órgano del Poder Judicial. 

Redefinir la misión y función del Ministerio Público Tutelar, fortalecer las capacidades institucionales del organismo, desarrollar mecanismos de rendición de cuentas de la gestión mediante información clara y accesible, fomentar espacios de diálogo, intercambio y trabajo conjunto con otros actores del sistema de protección integral de derechos; y participar en forma activa en debates públicos, reformas legislativas y procesos de diseño e implementación de políticas públicas, fueron algunos de los objetivos principales planteados desde el área de desarrollo institucional para que el MPT pueda cumplimentar su función en el marco de un paradigma de protección integral, logrando realizar un estricto contralor de la política pública local a la vez que garantizar y fortalecer el acceso a la justicia.

En este sentido, acompañar el impulso en la creación y puesta en funcionamiento de las Oficinas de Atención Descentralizadas, del Equipo Público de Abogados/as, la reestructuración del fuero Contencioso, Administrativo y Tributario, y dando cumplimiento a la estructura normativamente prevista para todo el Ministerio Público Tutelar, representaron ejes centrales para el área de desarrollo institucional. 

El derrotero transitado estuvo también acompañado de la proyección de criterios generales de actuación como lineamientos fundamentales, basados específicamente en derecho, que lograron dar coherencia y unidad a la labor realizada desde las diferentes esferas del organismo.

Un profundo trabajo de comunicación fortaleció el posicionamiento del organismo, generando canales novedosos, como referente en las temáticas que le son propias. Desde esta área del Ministerio se desarrollaron jornadas y espacios de encuentros, capacitaciones -dirigidas tanto a los integrantes del MPT como a actores externos-; se celebraron convenios de participación y se desarrolló la colección institucional De incapaces a sujetos de derechos, así como otras publicaciones, logrando dejar letra escrita sobre diferentes temáticas vinculadas directamente con la protección de los derechos de las personas menores de edad y afectadas en su salud mental.

Principales logros

Redefinición de la misión y la función del Ministerio Público Tutelar.

Ahora dirigida a exigir la justa aplicación de la ley, la legalidad de los procedimientos y el debido funcionamiento de las agencias del Estado, realizando una labor diaria orientada a garantizar el cumplimiento de los derechos de los niños, niñas, adolescentes y personas afectadas en su salud mental. Es decir, desarrollo de una función adecuada para un Ministerio Público en el marco del Sistema de Protección Integral de Derechos. Concordantemente, se han dejado de lado intervenciones tutelares, que de manera paradigmática se reflejan en la “intervención promiscua” prevista para el asesor de menores en el artículo 59 del Código Civil.

Acceso a la justicia.

1. Cumplimiento y consolidación de la estructura establecida por la Ley Nº 1.903: puesta en funcionamiento de todas las Asesorías Tutelares para las diferentes instancias y fueros.

2. Creación de mecanismos de acceso a la Justicia a niños, niñas, adolescentes y personas afectadas en su salud mental: apertura de Oficinas de Atención Descentralizada en las tres zonas geográficas más desaventajadas en materia de acceso a sus derechos fundamentales; creación del Equipo Público de Abogados/as de Niños, Niñas y Adolescentes y del Equipo Común de Intervención Extrajurisdiccional que concentra la atención de todas las demandas y reclamos realizados ante las primeras instancias, brindando una escucha y una atención interdisciplinaria para agotar todas las medidas extrajudiciales, y garantizar así que el impulso de una acción judicial sea siempre una medida de último recurso.

3. Especialización de los recursos humanos: creación de oficinas especializadas en distintas temáticas (derechos económicos, sociales y culturales; salud mental; seguimiento de la institucionalización de niños y niñas, entre otras) conformadas por profesionales altamente capacitados.

Constitución como referente en los temas de su especialidad.

El impacto de las acciones judiciales y extrajudiciales impulsadas para promover el debido funcionamiento del sistema de protección de derechos; las iniciativas para generar espacios de diálogo entre los diferentes actores con responsabilidad en materia de derechos de la infancia y salud mental, así como la participación activa en los debates públicos sobre estos temas, dan cuenta de la consolidación del proceso de redefinición de las funciones institucionales del Ministerio Público Tutelar que también supone el reconocimiento externo de dicha adecuación. Ejemplo de ello son las solicitudes para elaborar opiniones técnicas, la participación en jornadas, simposios y demás instancias de capacitación y actualización, y la permanente consulta del material institucional.