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InicioEncuentro "De Bulacio a Mendoza. El régimen penal juvenil: una deuda de la política”
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Encuentro "De Bulacio a Mendoza. El régimen penal juvenil: una deuda de la política”

Encuentro "De Bulacio a Mendoza. El régimen penal juvenil: una deuda de la política”

30 Ago , 13

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 26 de agosto de 2013.

En el marco del ciclo de debate "Los derechos de la infancia en clave regional”, Fundación Sur, Amnistía Argentina y el Colectivo de Derechos de Infancia y Adolescencia organizaron este encuentro sobre el reciente fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado Argentino, del que participó la Asesora General Tutelar de la Ciudad, Dra. Laura Musa.

Se trata del fallo “Mendoza y Otros vs. Argentina”, en el que la Corte  vuelve a instar -como hace diez años atrás con el fallo Bulacio- a sancionar un régimen penal juvenil acorde a los estándares internacionales de derechos humanos.

En este caso, la Corte Interamericana estableció la responsabilidad internacional de Argentina por la violación de los derechos a la integridad y libertad personales de cinco jóvenes, así como también por la imposición de penas de privación perpetua de la libertad por la comisión de delitos cuando aún eran menores de edad.

La actividad contó con la participación especial del Dr. Miguel Cillero Bruñol, reconocido especialista de los derechos de infancia y profesor de la Universidad Diego Portales de Chile, quien además fuera perito de la Comisión Interamericana ante la Corte de Derechos Humanos de Costa Rica en el Caso Mendoza.

Acompañaron la exposición el Dr. Emilio García Méndez, presidente de Fundación Sur Argentina y perito ante la Corte Interamericana en el Caso Bulacio; Facundo Hernández, ex abogado de tres condenados y coordinador ejecutivo del Colectivo de Derechos de Infancia y Adolescencia; Paola García Rey, coordinadora del Área de Protección y Promoción de Derechos Humanos de Amnistía Internacional; y la Dra. Laura Musa, Asesora General Tutelar de la CABA.

En su intervención, Laura Musa aseguró que este fallo “interpela a la política y la obliga a cumplir con la normativa vigente dictando una ley democrática consistente con la Constitución Nacional. Ya no hay lugar para un decreto de la dictadura militar que limita las garantías constitucionales y desconoce los derechos reconocidos para las personas menores de edad en consonancia con el status jurídico que les otorgó la Convención sobre los Derechos del Niño. Reconocemos este fallo como un logro jurídico y un aporte para lograr un verdadero sistema de responsabilidad penal juvenil en nuestro país”.

Compartimos a continuación algunas palabras que el Dr. Cillero presentó durante el encuentro.

Cillero destacó que “la pena de privación perpetua es cruel y denigrante no sólo por la proporcionalidad penal sino por haberse utilizado un sistema de adultos para niños cuando la Convención de los Derechos del Niño y demás tratados internacionales nos hablan de la existencia de un instituto reforzado para las personas menores de edad y de un régimen especializado que limite el poder punitivo del Estado”.

Asimismo, desestimó, como lo hizo la CIDH, los argumentos de la defensa del Estado argentino acerca de que la Ley Nacional 26.061 y el fallo “Maldonado” resuelven la cuestión y hacen innecesario reformar el régimen penal vigente.       

En tal sentido, citó el fallo donde se indica que “la Corte observa que la Ley 26.061 -relativa a la protección integral de las niñas, niños y adolescentes- establece que la Convención sobre los Derechos del Niño es de aplicación obligatoria en todo acto, decisión o medida administrativa, judicial o de cualquier naturaleza que se adopte respecto de aquellos”.

“No obstante, en esta sentencia se determinó que la Ley 22.278, que actualmente regula el régimen penal de la minoridad en Argentina y que fue aplicada en el presente caso, contiene disposiciones contrarias a la Convención Americana y a los estándares internacionales aplicables a la justicia penal juvenil”, sostuvo el perito chileno.

“De este modo, la Corte considera que, a fin de cumplir con dichas obligaciones, Argentina deberá ajustar su marco legal a los estándares internacionales señalados anteriormente en materia de justicia penal juvenil”, continúo Cillero.

Además, reconoció que “el corazón del fallo no es prohibir las penas más graves sino garantizar en el sistema penal los principios internacionales como el de proporcionalidad y especialidad, el de dignidad y valor, el del interés superior del niño, dejando atrás los criterios de peligrosidad y defensa social”.

Por último, recordó que este fallo, y lo que la Argentina realice, es importante para la región, como por ejemplo para Uruguay y otros países que están aumentando las penas y quitando garantías a sus sistemas penales juveniles.