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InicioLa AGT presenta un documento sobre las consecuencias de la relocalización de las familias habitantes del camino de sirga en las Comunas 8 y 9
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La AGT presenta un documento sobre las consecuencias de la relocalización de las familias habitantes del camino de sirga en las Comunas 8 y 9

La AGT presenta un documento sobre las consecuencias de la relocalización de las familias habitantes del camino de sirga en las Comunas 8 y 9

15 Oct , 12

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 10 de octubre de 2012

En el marco del proceso de ejecución de la sentencia dictada en 2008 por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) en pos del saneamiento de la Cuenca Matanza Riachuelo en la que se dispuso la relocalización de numerosas familias de villas y asentamientos que habitan sobre el llamado camino de sirga a complejos habitacionales ubicados principalmente en las Comunas 8 y 9, la Asesoría General Tutelar (AGT) elaboró un documento en el que se permite evaluar las características generales de la zona a donde fueron o serán ubicadas estas familias. Particularmente en el caso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), deberán ser relocalizadas 1824.

El jueves 11 de octubre se llevará a cabo la audiencia en la que los organismos responsables –la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR), el Estado nacional, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Provincia de Buenos Aires y representantes de los municipios bonaerenses- se presentarán ante la CSJN para informar sobre los avances y/o pendientes en torno del cumplimiento de la sentencia.

A partir del año 2011, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCABA) inició acciones para poner en marcha las referidas relocalizaciones en su jurisdicción. Entre ellas, dispuso la “mudanza” de estas familias hacia el sur de la ciudad, mayormente a la Comuna 8 (Villa Lugano, Villa Riachuelo y Villa Soldati) y de manera parcial a la Comuna 9 (Mataderos, Liniers y Parque Avellaneda).

La Comuna 8 es la segunda con mayor crecimiento demográfico de la CABA en los últimos nueve años (15,8%), según el Censo 2010, y es la que posee la mayor cantidad de niñas, niños y adolescentes de toda la CABA ya que registra una población de 56.125 (un 29,98% sobre la población total de la comuna). Por su parte, el crecimiento de la Comuna 9 (3.7%) se encuentra más cercano a la media de todo el territorio porteño (4,1%), y presenta un total de 36.342 niñas, niños y adolescentes, lo que constituye el 22,46% de su población total.

También, a partir de la información del Censo, se pudo conocer que la Comuna 8 es aquella que presenta la mayor participación de población residente en villas y asentamientos dentro de la CABA (32,9%), duplicando incluso el porcentaje de la Comuna 4 que se ubica en segundo lugar. Asimismo, se da cuenta de que el importante número de situaciones habitacionales deficitarias de la Comuna 8 incluye a un elevado número de complejos urbanos atravesados por una altísima densidad demográfica, problemas estructurales y de mantenimiento y deficiencias en el acceso a servicios públicos.

En este sentido, el documento La dimensión social de las relocalizaciones. El fallo “Mendoza” y los derechos de la infancia en la zona sur de la CABA, que presenta la AGT, tiene como objetivo reflexionar acerca de las consecuencias que acarrea el proceso de relocalización respecto a los derechos a la educación, a la salud, a la alimentación y a la protección integral de los derechos de la infancia de aquellas familias que ya viven en esa zona y de aquellos  que serán relocalizados.

A través del trabajo que se viene llevando a cabo desde las Oficinas de Atención Descentralizada de la Asesoría General Tutelar de Villa Soldati-Nueva Pompeya y Mataderos-Liniers se pudo advertir, por un lado, que existen sobradas evidencias respecto del deficiente funcionamiento actual de los servicios públicos en dichas comunas, especialmente en materia de salud, educación, alimentación y sistema de protección integral de los derechos de la infancia y, por otro lado, en vistas a la población que será relocalizada en dicha zona, el GCABA no ha previsto incrementar recursos para mejorar dichos servicios públicos a los efectos de poder dar una respuesta adecuada a los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes que ya viven en la zona así como también a aquellos que se integraron o se integrarán a dichas comunas próximamente.

El informe da cuenta de las características principales de la población que ya habita en las comunas de referencia. Asimismo se presentan las principales características de los complejos habitacionales que se construyeron en la zona sur de la CABA donde se relocalizará a la mayoría de la población del camino de sirga de la Cuenca Matanza Riachuelo. Posteriormente, se describe el funcionamiento de los servicios públicos y programas sociales, efectores de salud y establecimientos educativos ubicados en dicha zona, en vistas a dar cuenta de la situación actual y general de las políticas tendientes a hacer efectivos los derechos sociales de las familias residentes y las familias relocalizadas y a reubicarse en la zona.

De la audiencia también participarán el Defensor del Pueblo de la Nación y el titular de la Auditoría General de la Nación, quienes deberán informar sobre las dificultades que pudieran haber existido a la hora de realizar los controles encomendados en la sentencia y sus observaciones. También estará presente el Dr. Luis Armella, a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia de Quilmes en el que fue delegado el proceso de ejecución de la sentencia.

Leer Documento de Trabajo Nº 16