La Justicia porteña intervino un centro para niños afectados en su salud mental
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 12 de septiembre de 2013.
El Juez porteño Dr. Aurelio Amirato ordenó la intervención del centro para menores afectados en su salud mental Casa Púrpura, donde se detectaron vulneraciones de los derechos de los niños allí alojados, que incluían el maltrato físico y psicológico.
Luego del amparo presentado en marzo pasado por la Asesora Tutelar ante el fuero Contencioso Administrativo y Tributario Nº1, Dra. Mabel López Oliva, el Juez ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que instrumente los mecanismos que correspondan para proveer un recurso asistencial “a fin de brindar atención adecuada a las personas actualmente alojadas en CE.PRE.AP y a todas aquellas que en el futuro hubiensen sido derivadas a ese dispositivo”.
“Lo grave de esta situación es que una institución privada a la que el gobierno le paga no cumple con sus obligaciones y genera maltratos”, informó López Oliva. El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires mantiene una relación contractual con el CE.PRE.AP y abona por cada niño alojado 376 pesos diarios. Actualmente viven allí 23 menores de edad, todos subsidiados por el GCBA.
Según denunciaron también la Dirección Nacional de Salud Mental y la Defensoría General de la Nación, los niños alojados en Casa Púrpura estaban expuestos a maltratos, medicalización arbitraria, falta de acceso a la educación y a un tratamiento a su salud externo, ausencia absoluta de actividades recreativas, educativas y/o lúdicas, inexistencia de trabajo de revinculación con sus familias y falta de documentos de identidad, entre otras gravísimas vulneraciones a sus derechos.
Por medio de una medida cautelar, el Dr. Amirato suspendió en abril pasado los ingresos e intervino el lugar para la conformación de una mesa de trabajo, de la cual participó el propio Consejo de Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes de la Ciudad para evaluar el funcionamiento de la institución. Lamentablemente, el Consejo minimizó las denuncias y prestó poca colaboración con la investigación.
CE.PRE.AP es un “hogar de atención especializada”, en los términos del Art. 4 de la Ley 2.881, lo cual significa que el establecimiento está destinado al “alojamiento transitorio de niñas, niños y adolescentes afectados en su salud mental que requieran mayor contención y seguimiento profesional en el espacio institucional convivencial que contemple un tratamiento específico, pero que no requiera internación en un establecimiento de salud”.
La Dra. López Oliva, quien se manifestó satisfecha con la sentencia del juez, destacó que “resulta auspicioso el reconocimiento efectivo de los derechos de los niños en Casa Púrpura, ya que muchos resultaban invisibles hasta ahora”.