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Ley de Prioridad de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes en políticas públicas de vivienda

Ley de Prioridad de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes en políticas públicas de vivienda

29 Jun , 12

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 20 de junio de 2012

La Justicia de la Ciudad de Buenos Aires comenzó a aplicar la Ley 4042, que establece prioridad de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en las políticas públicas de derecho a la vivienda digna y adecuada, en aquellos casos de familias con integrantes menores de 18 años que se encuentran en situación de emergencia habitacional.

La Ley 4042 es un valioso avance en el cumplimiento de los derechos económicos, sociales y culturales de los grupos familiares integrados por niños, niñas y/o adolescentes al establecer la prioridad tanto para el otorgamiento de la vivienda, subsidios, créditos como para la adjudicación de inmuebles construidos en el marco de los programas de urbanización, núcleos habitaciones transitorios y asentamientos y al poseer una cláusula genérica que obliga al Gobierno dar prioridad en todos los programas de vivienda o hábitat que se ejecuten. Ello, en el marco de la protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes conforme lo dispone la normativa nacional, local y constitucional; así como también los principios del derecho internacional de los derechos humanos.

La Asesoría General Tutelar presentó en 2011 ante la Legislatura el proyecto, que fue asumido como propio por los diputados Martín Hourest, Rocío Sánchez Andía, Diana Maffia y María América González, y finalmente sancionado en marzo de este año.

Su aplicación por parte de la Justicia de la Ciudad resulta sumamente relevante. Destacamos en este sentido la resolución dictada por la Dra. Andrea Danas, a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 9, quien al dictar la sentencia definitiva que hizo lugar al pedido de una familia monoparental compuesta por una mujer y sus cuatro hijos, tres de ellos menores de edad, citó -entre las normas relevantes- la ley 4042, recientemente dictada. Especialmente su artículo 3 en tanto establece: “En todos los programas de vivienda o hábitat que se ejecuten con intervención del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá otorgarse prioridad a los grupos familiares con niñas, niños y adolescentes, sin perjuicio de los demás criterios que establezcan las normas específicas”. (Expediente 39049, resolución dictada el 14 de mayo de 2012).

Por su parte, la Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 5, frente al reclamo de una familia que se encuentra en situación de extrema vulnerabilidad también tomó en cuenta este antecedente normativo. Se trata de un caso en el que se peticiona que se garantice el derecho a la vivienda de un grupo familiar compuesto por una mujer, sus ocho hijos menores de edad, y sus nietos, que viven en una habitación de una vivienda ubicada en Villa 21/24 y se encuentran en inminente situación de calle.

Allí, la Dra. Fabiana Schafrik ordenó como medida cautelar al Gobierno el otorgamiento del subsidio habitacional previsto en el Decreto 690/06 evaluando especialmente la situación particular de la familia, así como también la inclusión de la mujer en los cursos y/o programas de capacitación o formación.

Para ello, consideró especialmente los derechos de los niños involucrados en el caso. Así afirmó que “…en atención a la existencia de derechos de menores de edad involucrados en el caso en examen, cabe poner de resalto el gran avance para la garantía del derecho a la vivienda digna y adecuada de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, en el marco de la protección integral de sus derechos conforme lo dispone la normativa nacional, local y constitucional, así como también, los principios del derecho internacional de los derechos humanos, que ha implicado la sanción de la ley Nº 4.042 (publicada en el BOCBA Nº 3863 DEL 01/03/12).

Estas resoluciones judiciales ponen en evidencia la importancia de la nueva normativa y su impacto en la vida real de los niños, niñas y adolescentes que padecen la vulneración del derecho a la vivienda digna y adecuada.

Dada la trascendencia de esta nueva Ley, la Asesoría General Tutelar realizó una presentación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación a los efectos de que sea tomada en cuenta para la resolución de los casos que se encuentran pendientes ante dicho Tribunal vinculados al derecho a la vivienda digna y adecuada de los niños, niñas y adolescentes de la Ciudad de Buenos Aires. En ellos se cuestiona la insuficiencia del subsidio previsto en el decreto 690/06 que el Gobierno de la Ciudad otorga, con una duración máxima de 10 meses, para superar la emergencia habitacional, que además cuenta con un monto inadecuado para las necesidades familiares, especialmente teniendo en cuenta el actual estado del mercado inmobiliario, el costo elevado de las habitaciones en hoteles y, en general, los obstáculos que se presentan para acceder a un alojamiento adecuado.

Estos casos son similares al antecedente “Quisbergh Castro”, en el que la Corte Suprema ordenó que se garantice el derecho a la vivienda de una familia compuesta por una mujer y su hijo menor de edad que padece una discapacidad  por su patología de salud.

La presentación efectuada ante el Tribunal Federal tiene como objeto que en los casos donde se encuentran afectados los derechos de los niños, niñas y adolescentes, se garantice la prioridad de sus derechos para acceder a las políticas públicas de vivienda digna y adecuada.