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El Ministerio Público Tutelar estableció los criterios generales de actuación para casos de desalojo

El Ministerio Público Tutelar estableció los criterios generales de actuación para casos de desalojo

31 Mar , 11

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 1 de abril de 2011

Teniendo en cuenta que en los últimos años la cantidad de desalojos en la Ciudad de Buenos Aires aumentó significativamente, y que en muchos de dichos procedimientos están involucrados niños, niñas y adolescentes, la Asesora General Tutelar, Dra. Laura Musa, como titular del Ministerio Público Tutelar dictaminó el 18 de marzo de 2011 acerca de los criterios generales de actuación que asumirán los Asesores Tutelares de Primera Instancia del Fuero Contencioso, Administrativo y Tributario.

En el Informe Infantilización del déficit habitacional, una temática invisible, realizado por la Asesoría y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) se indica que “para el total de la Ciudad, el 8,4 % de la población general vive bajo la línea de pobreza, y un 3,6 % bajo la línea de indigencia. Además, se explica que entre las personas menores de 18 años, dicha situación es mucho más acuciante puesto que el 14,3 % de esa población vive bajo la línea de pobreza”.

Ante la amenaza, riesgo o la concreción de calle que afecte a ese grupo etáreo o a personas afectadas en su salud mental, los Asesores darán comienzo a su intervención “a fin de evitar y suspender los procesos de desalojos que no cumplan con los estándares constitucionales e internacionales”. Además dirigirán sus acciones a promover el reclamo judicial y extrajudicial con el objetivo de efectivizar el derecho a una vivienda adecuada y la debida asistencia habitacional.

Según lo que establece la resolución, las intervenciones deberán evitar por todos los medios disponibles que una niña, niño o adolescente o una persona afectada en su salud mental quede efectivamente en situación de calle. Asimismo, corresponderá garantizarles el derecho a la vivienda digna cuando estén en situación de calle e impedir el desmembramiento familiar.

 

Ver Resolución 14/11