Acciones del MPT ante hechos de violencia en escuelas
Buenos Aires, 1º de octubre de 2014.
El Ministerio Público Tutelar de la Ciudad de Buenos Aires, a través de la OAD (Oficina de Atención Directa) de Mataderos-Liniers, se hizo presente en la Escuela Nro. 14 del D.E. Nro. 13 “José Antonio Cabrera” del barrio de Mataderos, a los efectos de trabajar con la comunidad educativa las situaciones de acoso y violencia entre los alumnos y alumnas del mencionado establecimiento educativo que se dieron a conocer hoy en los medios de comunicación a través de un video.
Los profesionales del MPT, que vienen trabajando en otros establecimientos la problemática de acoso y violencia, se hicieron presentes para interiorizarse de la situación y colaborar con la comunidad educativa en talleres, charlas y asistencia técnica para garantizar los derechos de los niños y niñas.
La Asesora General Tutelar, Dra. Yael Bendel, expresó: "Todo hecho de violencia es preocupante pero entendemos que no debemos buscar 'culpables' en forma apresurada. Desde el Ministerio Público Tutelar de la CABA proponemos un trabajo integral que abarque a la familia, a los chicos y chicas y a la comunidad educativa; hemos tenido muy buenos resultados trabajando con otros grupos, por lo que sabemos que éste es el mejor camino".
La directora del establecimiento se manifestó preocupada porque los alumnos que concurren a la Escuela Nro. 14 del D.E. Nro. 13 “José Antonio Cabrera” del barrio de Mataderos se sintieron intimidados ante la presencia de numerosos medios de comunicación que intentaban obtener testimonio. La Dra. Bendel se refirió también a este tema: "Somos respetuosos del trabajo de la prensa pero deben tener en cuenta que lo deben realizar sin avasallar los derechos de niñas, niños y adolescentes, quienes se encuentran amparados por las leyes vigentes de Protección Integral como lo señala el Art. 16 de la Ley 114. El MPT está dispuesto a brindar oficialmente toda la información necesaria de lo acontecido en esta escuela”.
El Art. 16 de la Ley 114 CABA establece que ningún medio de comunicación social, público o privado, podrá difundir información que identifique o pueda dar lugar a la identificación de niñas, niños y adolescentes a quienes se les atribuya o fueran víctimas de la comisión de un delito.