11 7037-7037 | El chat de tus derechos

Noticias

InicioPrivación de la libertad en hospitales psiquiátricos. Niñas, niños y adolescentes permanecen encerrados por falta de una política pública adecuada
InicioPrivación de la libertad en hospitales psiquiátricos. Niñas, niños y adolescentes permanecen encerrados por falta de una política pública adecuada
Privación de la libertad en hospitales psiquiátricos. Niñas, niños y adolescentes permanecen encerrados por falta de una política pública adecuada

Privación de la libertad en hospitales psiquiátricos. Niñas, niños y adolescentes permanecen encerrados por falta de una política pública adecuada

03 Dic , 10

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 13 de agosto de 2009
La Asesoría Tutelar de Primera Instancia ante la Justicia en lo Penal, Contravencional y de Faltas, a cargo del Dr. Carlos Bigalli, presentó, ante el juzgado Penal Contavencional y de Faltas de turno- Nº 29, a cargo de la Dra. Araceli Martínez- , una acción de habeas corpus colectivo a favor de todas las personas menores de edad que se encuentran privadas de su libertad en hospitales psiquiátricos, a pesar de contar con alta médica de internación.

Se trata de niños y adolescentes que sin prescripción médica siguen sometidos al encierro psiquiátrico el que implica el suministro de medicación, como así también la internación a puertas cerradas. La desidia del Gobierno de la Ciudad ofrece como única respuesta para los niños en situación de vulnerabilidad social la institucionalización en lugares totalizantes.
La acción de habeas corpus denuncia un acto u omisión del Gobierno de la CABA que implica la limitación o amenaza actual a la libertad ambulatoria y afecta la salud mental y a la vida. En este sentido, la situación expuesta impide que las personas menores de edad internadas en los hospitales de referencia y que cuentan con alta médica de internación puedan egresar por sus propios medios, lo cual se constituye en una privación de su derecho a la libertad (art. 3, Declaración Universal Derechos Humanos; art. 37, Convención sobre los Derechos del Niño; art. 18, Constitución Nacional; art. 13, Constitución de la Ciudad de Buenos Aires; art. 19, ley 26.061; art. 10, ley 114; Regla 11.b, Reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de libertad; “Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas”, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos) .
En concordancia con esta acción judicial, la Asesora General Tutelar, Dra. Laura Musa, juntamente con el Asesor Tutelar de Primera Instancia en el Fuero Contencioso, Administrativo y Tributarios, Nº 2, Dr. Juan CarlosToselli, presentaron una acción de amparo a fin de que se ordene al Gobierno de la Ciudad a otorgarles a ocho personas menores de edad que se encuentran en la situación descripta, la debida atención de su salud mental a través de instituciones adecuadas, acompañamiento ambulatoria, hospitales de día, etc., logrando de este modo cesar con la internación en hospitales psiquiátricas de quienes no cuentan con prescripción médica al respecto.
No parece ser casualidad que los niños y niñas que actualmente permanecen internados con alta médica en dichos establecimientos sean pobres y sí resulta intolerable para la democracia sustantiva que la única respuesta del Estado sea la psiquiatrización de la pobreza.