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				  Oct , 12
				
				Se establece como criterio general de actuación para los integrantes del Ministerio Público Tutelar, sin perjuicio de la opinión personal que puedan dejar a salvo en virtud de lo dispuesto por el articulo 19 de la Ley 1903 las pautas para garantizar el derecho al aborto no punible de niñas, adolescentes y de mujeres afectadas en su salud mental.