Se declaró la inconstitucionalidad de los arrestos policiales a niños, niñas y adolescentes en la provincia de Catamarca
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 8 de abril de 2013
En un reciente fallo del juzgado de menores de Catamarca, a cargo del Dr. Mario Rodrigo Morabito, se declaró la inconstitucionalidad del Art. 8 inc b. Decreto- ley Provincial Nº 4663 (ley orgánica de la Policía de Catamarca) que habilita la detención de toda persona de la cual sea necesario conocer sus antecedentes y medios de vida.
Según entiende el magistrado, “la norma vulnera la garantía primaria de libertad, los principios de igualdad ante la ley, de razonabilidad, legalidad y control judicial efectivo”.
Dicha resolución involucra a un conjunto de niños y adolescentes que fueron víctimas de maltratos por parte de los efectivos policiales al momento de su detención.
Conforme lo establece la normativa internacional receptada por nuestra constitución, se debe evitar contacto de toda persona menor de edad con efectivos de la fuerza pública. Sólo así, se logra garantizar los principios base establecidos en la Convención de los Derechos del Niño (CDN) respecto del principio de especialidad (Art. 40.3 CDN), los estándares mínimos para la privación de la libertad de las personas menores de edad (Art. 37.c CDN, las reglas 31, 65, 82, 83, 85 de las Reglas de las Naciones Unidas para la Protección de los Menores Privados de Libertad); y la regla 26.3 de la Reglas Mínimas de las Naciones de Unidas para la administración de la Justicia de Menores.
Esta sentencia nos acerca un paso más a una justicia garante y respetuosa de los derechos de los adolescentes y jóvenes de nuestro país.