11 7037-7037 | El chat de tus derechos

Noticias

InicioAvances en la causa judicial iniciada por el Ministerio Público Tutelar por la falta de Unidades de Terapia Intensiva pediátrica
InicioAvances en la causa judicial iniciada por el Ministerio Público Tutelar por la falta de Unidades de Terapia Intensiva pediátrica
Avances en la causa judicial iniciada por el Ministerio Público Tutelar por la falta de Unidades de Terapia Intensiva pediátrica

Avances en la causa judicial iniciada por el Ministerio Público Tutelar por la falta de Unidades de Terapia Intensiva pediátrica

30 Nov , 11

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 29 de noviembre de 2011

Año tras año, durante la época de epidemia bronquiolítica estacional, se produce la saturación de plazas de Unidad de Terapia Intensiva Pediátrica (UTI) en los efectores de salud públicos.

Debido a ello, muchos niños, niñas y adolescentes no acceden a las UTI pediátricas por razones vinculadas con su condición socioeconómica desaventajada y esto los ubica en una situación de extrema vulnerabilidad, más aún a aquellos que sólo cuentan con una cobertura en el sector público de salud.

Atendiendo esta situación, la Asesoría General Tutelar y la Asesoría Tutelar de Primera Instancia Nº 2 interpusieron una acción de amparo colectivo con el objeto de que se ordene al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que cumpla con su obligación constitucional de garantizar el derecho a la salud integral de todos los niños, niñas y adolescentes de la Ciudad.

La Sala I de la Cámara de Apelaciones del fuero revocó la resolución del Juzgado de primera instancia, que había rechazado la acción por cuestiones formales -por entender que la salud integra la categoría de derechos de incidencia colectiva-, y alegó que el Ministerio Público Tutelar invoca un perjuicio concreto –insuficiencia de UTI pediátricas- y que tiene amplia legitimación para actuar en representación de los derechos de incidencia colectiva de personas menores de edad, por lo que se configura un “caso judicial” susceptible de revisión judicial.

Dado que el amparo colectivo presentado tiene el carácter de preventivo, la Justicia tiene en sus manos resolver las peticiones efectuadas de manera que se garantice la internación de quienes lo requieran, y sobre todo se ordene al Gobierno diseñar y ejecutar un plan de prevención y atención de los casos de bronquiolitis previo al brote de esta enfermedad en época invernal que incluya campañas de difusión y concientización hacia la población afectada, en particular los niños, niñas y adolescentes de la Ciudad.

De este modo, el Poder Judicial tiene la posibilidad de resolver el reclamo colectivo preventivo efectuado, de manera de evitar que el año próximo se produzca, como ocurrió en los anteriores, la violación del derecho a la vida y a la salud de los niños, niñas y adolescentes.