
En casos de usurpaciones, es función del Ministerio Público Tutelar garantizar el derecho a la vivienda de niñas, niños y adolescentes
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 20 de abril de 2011
La legitimación procesal del Ministerio Público Tutelar, a favor de los hijos menores de edad de personas imputadas por el delito de usurpaciones, fue desconocida por la Cámara de Apelaciones del fuero y por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad.
Si bien un número importante de jueces y fiscales de primera instancia ha reconocido al Ministerio Público Tutelar como organismo autorizado para intervenir a favor de niñas, niños y adolescentes que residen en las viviendas presuntamente usurpadas, en sucesivas oportunidades los jueces de la Cámara de Apelaciones han negado la legitimidad del Asesor Tutelar, revirtiendo así las intervenciones admitidas en la instancia anterior.