

Este material fue elaborado por FEPESNA, en el marco de un convenio de colaboración con el Ministerio Público Tutelar, con el propósito de compartir algunas de las presentaciones llevadas adelante por abogados/as del niño en el marco de la defensa técnica especializada ante situaciones de vulneración de derechos.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 19 de abril de 2013
Con acuerdo de la mayoría de los bloques, en la sesión del jueves 18 de abril, fue sancionada la ley que habilita a los jóvenes de 16 y 17 años a votar para cargos porteños. El texto, aprobado sobre tablas y acordado en base a varios expedientes presentados por los bloques PRO, Frente para la Victoria y Buenos Aires 20/21 (Exp. 2485-D-12, 2560-D-12, 3117-D-12, 448-P-13, 938-D-13 y 958-D-13) obtuvo un amplio apoyo con 50 votos positivos.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 12 de abril de 2013
La Jueza Cecilia Lourido resolvió conceder una medida cautelar a favor de una mujer y su hijo que permanecen internados en el Hospital Durand desde diciembre de 2012, pese a tener el alta hospitalaria. En dicha medida se ordena al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires –Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Promoción Social- que la mujer sea incorporada junto con su hijo al Programa de Externación Asistida para la Integración Social (PREASIS) y, en consecuencia, se les brinde alojamiento en un dispositivo institucional, asistencia y acompañamiento terapéutico diario.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 10 de abril de 2013
El juez en lo Contencioso, Administrativo y Tributario Nro. 13 Guillermo Scheibler hizo lugar, el 5 de abril pasado, a la medida cautelar solicitada por la Asesoría General Tutelar y la Asesoría Tutelar Nº 1 y ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que suspenda el ingreso de los pacientes derivados por sus organismos a las diferentes sedes del Instituto de Psicopatología Nuestra Señora de Luján y que “-con carácter urgente- adopte las medidas pertinentes para que en un plazo máximo de 30 días proceda a la externación y reubicación” de los que aún están allí alojados.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 8 de abril de 2013
En un reciente fallo del juzgado de menores de Catamarca, a cargo del Dr. Mario Rodrigo Morabito, se declaró la inconstitucionalidad del Art. 8 inc b. Decreto- ley Provincial Nº 4663 (ley orgánica de la Policía de Catamarca) que habilita la detención de toda persona de la cual sea necesario conocer sus antecedentes y medios de vida.
Según entiende el magistrado, “la norma vulnera la garantía primaria de libertad, los principios de igualdad ante la ley, de razonabilidad, legalidad y control judicial efectivo”.
Dicha resolución involucra a un conjunto de niños y adolescentes que fueron víctimas de maltratos por parte de los efectivos policiales al momento de su detención.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 27 de marzo de 2013
La Fundación de Estudios Políticos, Económicos y Sociales para la Nueva Argentina (FEPESNA) y el Ministerio Público Tutelar presentaron la publicación Sistematización de herramientas técnicas para el ejercicio concreto de la defensa jurídica de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, el lunes 25 de marzo en la Biblioteca de la Legislatura Porteña.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 21 de marzo de 2013
Las Dras. Mabel López Oliva y Norma Sas asumieron sus puestos como Asesoras Tutelares de Primera Instancia ante el fuero Contencioso, Administrativo y Tributario en el acto realizado el 15 de marzo, en el cual prestaron juramento junto con 15 jueces, 23 fiscales y 17 defensores.
El acto de jura se llevó a cabo en el Teatro Colón y fue encabezado por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia, Luis Francisco Lozano, el Presidente del Consejo de la Magistratura, Juan Manuel Olmos, el Fiscal General, Germán Garavano, el Defensor General, Mario Kestelboim, la Vicejefa de Gobierno de la Ciudad, María Eugenia Vidal, y la Asesora General Tutelar, Laura Musa.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 20 de marzo de 2013
La Ley Nº 448, publicada en el Boletín Oficial de la C.A.B.A. el 7 de noviembre de 2000, sostiene en su cláusula transitoria segunda que "la autoridad de aplicación debe realizar, dentro de los 360 días de promulgada, un relevamiento de la totalidad de las personas internadas, a fin de poder determinar las causas, tiempo de internación y certificar la necesidad o no de continuar con la misma".
No obstante, hasta el día de la fecha dicho censo no fue realizado, con lo cual en la Ciudad no se conoce: ni la cantidad de personas que están internadas por motivos de salud mental en dispositivos públicos y privados, ni desde cuándo lo están, ni cuáles son las causas de internación, ni si es necesario continuar con dichas internaciones.